miércoles, 10 de febrero de 2016

SE CONFIRMA POR LA CNDH QUE SE HA RECIBIDO MI ESCRITO DE QUEJA POR VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS porla CFE

Servicio de Escrito de Queja
CONFIRMACIÓN

Fecha y hora de registro: 10/02/2016 17:54
Número de control:DEAM1602100024
Escrito de queja

El escrito de queja se ha registrado con exito.

EN LA  COMISIÓN NACIONAL DE  DERECHOS  HUMANOS


Servicio de Escrito de Queja
CONFIRMACIÓN

Fecha y hora de registro: 10/02/2016 17:54
Número de control:DEAM1602100024
Escrito de queja

El escrito de queja se ha registrado con exito.




A COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS

MANUEL AUGUSTO WALTER LIVINGSTON DENEGRE  VAUGHT ALCOCER, vengo,  en mi carácter de ciudadano agraviado por la NEGATIVA de la  Comisión Federal  de Electricidad a proporcionarme  el servicio eléctrico, organismo que tiene la obligación de dar luz  a todos  los  mexicanos, injustamente agraviado porque la  CFE, a) sin fundamento legal alguno,  b) contraviniendo las leyes en la materia c) y, sobretodo, en rebeldía  ante PROFECO, donde se llegó a un acuerdo de conectar el servicio en forma  expedita al usuario, tras el retiro del medidor dañado d) y contraviniendo su propia confesión de que no había razón jurídica  alguna para privarme de la energía  eléctrica y, e)  tampoco, obligarme  al pago de una  deuda  que le endilgan a otra  persona, f)  procedió a cortar el servicio al usuario número 301140837083, g) debiendo inmediatamente  acceder a la  contratación en mi domicilio para  reanudar en el menor lapso posible el suministro  de energía  eléctrica, h) pues no sólo me ha  causado graves daños y perjuicios por  el corte efectuado el 27 de enero de 2016, sino que un día  después, el C. David  Múgica, Jefe del Servicio Comercial en la zona  de Temixco,  quien ordenó dicho corte, me  aseguró ante  testigos que NO ME CONECTARÁ  EL SERVICIO DE LUZ SI ANTES NO PAGABA  LOS  ADEUDOS  ATRIBUIDOS A OTRA PERSONA,  Y QUE h) dicha orden de corte la había recibido del jefe del Departamento Jurídico de Cuernavaca, Morelos, Alejandro Leo; Sánchez, jefe del Dep. Jurídico de CFE Cuernavaca y por lo expuesto:

Es evidente que la empresa  pretende obligar a este pensionado a pagar a como dé lugar deuda  ajenas so pena de dejarlo morir en la oscuridad. Está volando el principio de que ningún acto de autoridad debe atentar  contra la vida, salud y seguridad del consumidor contra los riesgos provocados por prácticas en el abastecimiento de servicios.
Al respecto,  el subdelegado médico del ISSSTE Dr. Lorenzo Albert extendió un documento a la CFE en que advertía que no podía privárseme de la energía eléctrica pues era un elemento esencial para que se me procuraran los tratamientos establecidos por la facultad médica para detener el avance del cáncer prostático que padezco. El original fue entregado a la oficina  de la  CFE en Temixco,  en la oficina  del Ing. David Múgica.
La CFE, comisión de electricidad, me ha amenazado, amagado y  se ha puesto a buscar todo lo relativo a mi vida privada.
Vino un empleado hoy—cuyo nombre, por  supuesto no puedo dar a la luz pública—y me dijo que no podía entender por qué tanto odio de parte de sus jefes.

HE ESTADO ACTUANDO en el expediente PFC. MOR. B.3/002699-2015 vs proveedor COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD por un ajuste a facturación excesiva atribuido a un medidor de energía  eléctrica descompuesto.
Soy adulto mayor --80 años--, jubilado,  pensionado y acredito que tengo una enfermedad terminal. Por lo expuesto, sin duda  debe  ser  de interés de esta institución, CNDH, intervenir  a mi favor.
No soy quien contrató el suministro eléctrico con CFE que cortó dicha CFE.
  Por indicaciones del último trabajador del Departamento Comercial de la CFE en Temixco, Morelos, C. Jorge Baena, fui el viernes 28 de  agosto de 2015, a ver al jefe del Departamento que ordenó el corte de mi luz un día  antes,  el 27 de agosto del año pasado, Ing. David Mújica. Ese  servidor público, no obstante, se negó a atenderme, dejándome en la calle.  Cuando, al fin, nos  recibió, señaló que él cortó la luz y se llevó los  medidores por orden de  ese funcionario, ALEJANDRO LEO SÁNCHEZ.
Sorprende que Alejandro Leo tenga la temeridad, menosprecie a los usuarios y mantenga labsoluta certeza de que en PROFECO de nada sirve ir a quejarse porque si la CFE se niega a toda conciliación (pagas o pagas lo que arbitrariamente impongo) el ciudadano habrá perdido su tiempo.
Claramente han transgredido los siguientes artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor: ARTÍCULO 9.- Los proveedores de bienes o servicios incurren en responsabilidad administrativa por los actos propios que atenten contra los derechos del consumidor.
  Y, además, por el hecho de que se niega la CFE a darme el servicio de luz, pues el contrato por el cual proporciona energía eléctrica a mi domicilio está a nombre de otra persona. He ido innumerables veces a la oficina en Temixco, Morelos, para que se dé de baja el contrato anterior, pues la persona que firmó ya no vive en mi domicilio. De suerte que no obstante mi condición de adulto mayor, pensionado y con una enfermedad terminal, han pretendido innumerables veces, alrededor de más de 30 veces en un lapso corto de tiempo, a partir de una campaña para obligar a los usuarios a pagar,  x un servicio que no contraté. Este caso viola principios generales de derecho tales como que no se puede obligar a un tercero a pagar la deuda de otra.
 Los representantes de la CFE alegan que el "responsable es el predio" lo cual es una falacia antijurídica, pues un objeto inanimado no puede ser obligado a responder de cargos como tampoco el dueño. PROFECO ordenó que se retirara el medidor descompuesto, que no pasó las pruebas de verificación. De inmediato procedí a solicitar un nuevo contrato a mi nombre para que en un período breve se instalaran cables y nuevo medidor. Llegó, pues, un empleado de la  CFE y colocó el nuevo medidor en este domicilio: ANTONIO MEDIZ POLIO NÚMERO 70,  CON EL CONTRATO NÚMERO G 310/210735. Al día siguiente,26   de  enero  de 2016,  llegaron otros empleados de la  CFE   a llevarse el medidor dejando la casa en completa oscuridad, sin energía  eléctrica
La  CFE  SE NIEGA PROPORCIONARME  EL SERVICIO AL QUE  TENGO DERECHO .  Así decidimos  mi asistente y yo ir a la  oficina  del Ingeniero David  Múgica. El pasado viernes 29 de enero de 2016, nos  atendió la señora Tania Aguas  Hernández, su secretaria. Nos  pidió  que esperáramos  en la  calle a que llegara. Horas después dio instrucciones  para  que subiéramos  a su oficina. Allí nos  dijo que no nos pondría el servicio hasta que yo pagara una  deuda consistente  en 18 mil pesos de sanción y 4 600 pesos por el último bimestre.
Le hice  saber que había  estado pagando el consumo a nombre  de la contratante Alice  Denegre  Vaught  Rojas, pero que  una  vez  que el peritaje determinó que el medidor estaba dañado y mal calibrado esos  recibos han sido fraudulentos.
Por  otra  parte, le informé  que la C.  PAULA SOTO REYES LORANCA , en su carácter de  representante  legal  de la Comisión Federal  de Electricidad, invocando el artículo 28 de la  Constitución Política de los  Estados  Unidos  Mexicanos, aclaró  que se  solicita  el pago del ajuste a la  titular del servicio C. DENEGRE VAUGHT ROJAS y no al  C. LIVINGSTON DENEGRE  VAUGHT ALCOCER, y en seguida admitió  que  no debe impedirse al propietario de los inmuebles ubicados en Antonio Mediz  Bolio números 42 y/o  70, Col. Granjas Mérida, Temixco, Morelos,  REALIZAR  UN CONTRATO  NUEVO,
 pues no  hay, fundamento legal, "toda  vez  que de  acuerdo con el artículo 4, fracción II y 48 de  la  Ley de la  Industria  Eléctrica los  suministradores DEBERÁN PROPORCIONAR EL SERVICIO ELÉCTRICO A TODO AQUEL QUE LO SOLICITE, Y ADEMÁS DE CONFORMIDAD CON el del MANUAL de PROCEDIMIENTOS  COMERCIALES, dice  textualmente lo siguiente:  “Si  el usuario demuestra ser una persona física o moral diferente a la   del adeudo se  debe  proporcionar el suministro sin cobrarle  al usuario contratante el adeudo existente  en el domicilio."
Por lo anterior, solicito a esa institución CNDH  ordenar al representante  legal  de la  Comisión Federal de Electricidad para que funde y motive la rotunda  negación a prestar


el suminisro de energía eléctrica  a  este ciudadano y en el caso proceda a conectar el servicio de luz y hacer nueva  contratación con el ciudadano afectado por  esa  arbitrariedad.
ATENTA Y RESPETUOSAMENTE

Manuel Augusto Walter Livingston Denegre Vaught Alcocer.


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